jueves, 6 de julio de 2017

Córdoba: ordenan a prepaga solventar “by pass” gástrico a afiliada con obesidad severa

Una empresa de medicina prepaga deberá solventar, en forma integral, los gastos que genere una cirugía bariátrica, mediante “by pass” gástrico, prescripta a una afiliada que tiene un diagnóstico de obesidad severa, aunque el índice de masa corporal (IMC) de la paciente no alcanza los 40 kilogramos por metro cuadrado, que establece la normativa vigente para la cobertura de tales intervenciones quirúrgicas.

La jueza de Control y Faltas de Villa María, Edith Lezama de Pereyra, hizo lugar a la acción de amparo formulada por la afiliada por entender que ese requisito “no es excluyente”, puesto que dicha cirugía también se indica en aquellos pacientes que poseen un IMC (Índice de Masa Corporal) igual a 35 kg/m2 “y poseen asociada alguna enfermedad secundaria a su estado de obesidad”, tales como la diabetes, la apnea del sueño o el hígado graso, entre otras.

En este sentido, la paciente acreditó en el expediente que inició un tratamiento contra la obesidad cuando tenía un IMC de 40,6 kg/m2, que merced a la realización de actividad física y el cambio de pautas alimentarias logró reducirlo a 36,51 kg/m2; y que, desde 2010, padece diabetes tipo II (es decir, no es insulino dependiente) y, desde 2016, sufre apnea del sueño. En base a este cuadro, los médicos que la trataban le prescribieron una cirugía bariátrica, mediante by pass gastroyeyunal, por videolaparoscopía.

En definitiva, la jueza Lezama de Pereyra hizo lugar a la acción de amparo y ordenó a la empresa de medicina prepaga (Asociación Mutual Sancor Salud-Medicina Prepaga), a prestar a su afiliada una cobertura integral de la cirugía bariátrica, mediante by pass gastroyeyunal, por videolaparoscopía, como así también los tratamientos, las prácticas, los servicios y los insumos que para ello sean requeridos, pre y post quirúrgicos, “con el mismo alcance que el establecido para los casos de personas con IMC igual o mayor a 40 Kg/m2, en la oportunidad y condiciones clínicas que el equipo médico tratante determine”. La resolución fue apelada y, actualmente, está radicada en la Cámara en lo Criminal y Correccional de Villa María.

Fuente: Centediario

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