Partes: Huento, Eloy y otros c/ Municipalidad de Plottier y otro s/
acción de amparo
Tribunal: Juzgado Civil Nro 4 Neuquén
Fecha: 16 de Enero de 2015
Síntesis: Medio ambiente. Daño a la salud. Admite la medida cautelar
de no innovar peticionada por vecinos de la localidad de Plottier a fin de que
el Municipio suspenda toda actividad de la planta de líquidos cloacales que
implique la descarga de los mismos a la cuenca del Río Limay, hasta tanto se
inicien y acrediten la realización de las medidas pertinentes a fin de logar el
tratamiento y disposición final del residuo dentro de los límites permitidos y
que no comprometa el recurso hídrico, debiendo trasladarse los residuos a la
planta más próxima a costa de los demandados. Manifiesta que de la documental
acompañada se observa las deficiencias en la operatividad de la planta de
tratamiento, circunstancia ésta que fuera admitida por la propia demandada en
su responde, y es sabido que el vertido de líquidos cloacales sin el
tratamiento adecuado es fuente de contaminación y peligro para la salud de los
habitantes del sector.
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