Título: Salud Pública. Directrices Sanitarias para la
Señalización de la Gestión Interna de Residuos en Establecimientos de Atención
de la Salud. Aprobación.
Fecha B.O.: 10-oct-2014
Texto completo:
Visto el expediente Nº 2002-14225/14-7 del registro del
MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que la adecuada gestión de los residuos debe formar parte
inescindible de la gestión integral de los Establecimientos de Atención de la
Salud porque sus diferentes características de peligrosidad, como la
infecciosidad, inflamabilidad, corrosividad y toxicidad, constituyen un factor
de riesgo para la salud de los trabajadores, pacientes y acompañantes que los
recorren cotidianamente.
Que, sin embargo, se puede observar una significativa
heterogeneidad a lo largo y ancho del país en la forma e importancia que estos
establecimientos dan a la gran mayoría de los aspectos de la gestión de los
residuos.
Que la eficiencia en la segregación de residuos infecciosos
tiene todavía un significativo margen para mejorar en muchos establecimientos
donde se mezclan con los no infecciosos, y no es rara la disposición
inapropiada de residuos médicos, quimioterapéuticos y restos orgánicos.
Que desde el dictado de la Ley Nº 24.051 (de Residuos Peligrosos) y su Decreto
Reglamentario Nº 831/1993 , y en virtud de lo establecido en el artículo 19 de
la misma, el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION ha asumido una responsabilidad
especial en todo lo concerniente a la gestión de estos residuos.
Que, en función de su capacidad rectora, el MINISTERIO DE
SALUD DE LA NACION está en condiciones de contribuir a promover un sistema
adecuado de gestión de los residuos producidos por los establecimientos de
atención de la salud.
Que en virtud de ello, y con el soporte técnico y liderazgo
del DEPARTAMENTO DE SALUD AMBIENTAL, se han dictado oportunamente las
Resoluciones Nº 394 del 19 de diciembre de 1994 de la Ex-SECRETARIA DE SALUD y
Nº 134 del 15 de diciembre de 1998 de la Ex-SECRETARIA DE PROGRAMAS SANITARIOS
y Nº 355 del 7 de mayo de 1999 del entonces MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL
que obran como criterios nacionales de referencia en esta temática.
Que a fin de consolidar esa rectoría el MINISTERIO DE SALUD
DE LA NACION, a través de la Resolución Ministerial Nº 553 del 26
de octubre de 2009, se integró al proyecto internacional DEMOSTRACION Y
PROMOCION DE LAS MEJORES TECNICAS Y PRACTICAS PARA LA REDUCCION DE DESECHOS
GENERADOS POR LA ATENCION DE LA SALUD A FIN DE PREVENIR EMISIONES DE DIOXINAS Y
MERCURIO AL MEDIOAMBIENTE del Programa de las Naciones Unidas para el
Desarrollo (PNUD), con financiación del Fondo Ambiental Global (GEF), con el
objetivo de desarrollar y ensayar en terreno buenas prácticas de gestión que pudieran
servir como modelo para toda la región.
Que en otros ámbitos de actividad, como el transporte de
sustancias peligrosas, el establecimiento de criterios estandarizados de
señalización se ha revelado como una herramienta eficaz para reducir el margen
de riesgos para los operadores y la comunidad.
Que, sin embargo, este aspecto es prácticamente ignorado por
las diversas normas nacionales y provinciales que regulan el funcionamiento de
los Establecimientos de Atención de la Salud.
Que es conveniente alentar la homogeneización de los
criterios empleados en el país y promover el establecimiento de principios
compartidos por las provincias y municipalidades para orientar un cambio
radical de la actual gestión de los residuos.
Que una adecuada señalización contribuirá en la construcción
de entornos saludables no sólo para el personal de los Establecimientos de
Atención de la Salud en general, sino también, y especialmente, para los
operadores internos de los residuos, no pocas veces en responsabilidad de
servicios tercerizados, y para el público que asiste a los mismos,
necesariamente menos familiarizado con las buenas prácticas de gestión.
Que la existencia de acuerdos sobre el tema en el campo de
la adhesión voluntaria, como la Norma IRAM 1005, cuyo objeto fundamental es
establecer los colores de seguridad y las formas y colores de las señales de
seguridad a emplear para identificar lugares, objetos o situaciones que puedan
provocar accidentes u originar riesgos a la salud, se ha revelado insuficiente
para instalar el cambio deseado.
Que la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA
NACION ha presentado una Guía de Señalética para la Gestión de Residuos en
Establecimientos de Salud sentando las bases para el ordenamiento del tema.
Que es conveniente unificar criterios y emplear los códigos
de colores y de señales de seguridad internacionalmente aceptados, para atraer
la atención sobre lugares, objetos o situaciones que puedan provocar accidentes
u originar riesgos a la salud, así como indicar la ubicación de dispositivos o
equipos que tengan importancia desde el punto de vista de la seguridad.
Que un beneficio complementario de la promoción de las
buenas prácticas de gestión de residuos sanitarios es la mejora en los sistemas
de provisión de salud, y con ello apoyar las condiciones previas para lograr
los Objetivos de Desarrollo del Milenio.
Que el presente acto ha sido propiciado por la DIRECCION
NACIONAL DE DETERMINANTES DE LA SALUD E INVESTIGACION, que en virtud de lo
establecido por el Decreto Nº 1343/07 es
responsable, entre otras, de "la prevención de riesgos vinculados a la
salud ambiental".
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la
intervención de su competencia.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1.- Apruébanse las DIRECTRICES SANITARIAS PARA LA
SEÑALIZACION DE LA GESTION INTERNA DE RESIDUOS EN ESTABLECIMIENTOS DE ATENCION
DE LA SALUD, que se detallan en el ANEXO I que forma parte integrante de la
presente.
Artículo 2.- En un plazo no mayor de CIENTO OCHENTA (180)
días los Establecimientos de Atención de la Salud dependientes de y/o
financiados por este Ministerio deberán ajustar su señalética interna al
definido por las presentes DIRECTRICES.
Artículo 3.- Invítase a las provincias a adherir a las
Directrices que se aprueban por la presente resolución.
Artículo 4.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese.-
Dr. JUAN LUIS MANZUR, Ministerio de Salud.
ANEXO I
DIRECTRICES SANITARIAS PARA LA SEÑALIZACION DE LA GESTION
INTERNA DE RESIDUOS EN ESTABLECIMIENTOS DE ATENCION DE LA SALUD
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