Un diputado pide que las obras
sociales y prepagas incluyan en su cobertura estos productos, destinados a
niños que sufren alergia a la proteína de la leche vacuna.

El proyecto también incluye a pacientes que padecen
desórdenes, enfermedades o trastornos gastrointestinales eosinofílicos y será
beneficiario de esta prestación todo paciente, sin límite de edad y a partir
del momento del nacimiento.
Para el diputado Riccardo, la leche medicamentosa deberá ser
cubierta por el PMO en el cien por ciento de su valor, contra prescripción
médica y de acuerdo a las necesidades del paciente, pero en ningún caso en
cantidad menor a las 10 latas, o prestación equivalente, por mes y la
prestación será incorporada a los programas públicos nacionales que
correspondan, debiendo hacerse la previsión presupuestaria pertinente, de
manera de garantizar su eficacia si se aprueba este proyecto de ley.
El diputado de San Luis fundamente este proyecto en que el
derecho a la salud está íntimamente relacionado con el derecho a la vida,
primer derecho del ser humano, reconocido y garantizado por nuestra
Constitución Nacional. Se habla de “alergia a las proteínas de leche de vaca (APLV)” cuando
un individuo, tras la ingesta de lácteos manifiesta una respuesta anormal, con
síntomas que se pueden englobar dentro de las reacciones adversas a alimentos,
proceso en el que hay un mecanismo inmunológico comprobado.
Las alergias alimentarias se dan a cualquier edad, siendo
más frecuentes en la primera infancia. Al ser la leche el primer alimento no
homólogo que se introduce en la dieta de un lactante, es la APLV la primera
alergia que debuta, afectando a un 2% de la población.
“De todos modos debe aclararse que lo que se quiere
contemplar acá no es la provisión de la llamada “leche maternizada, leche de
fórmula o fórmula infantil” que “es leche de vaca modificada para que puedan
tomarla los bebés que no tienen acceso a la leche materna, sin significar
necesariamente que sea igual o que la reemplace”. En este caso se trata de un
producto modificado para que no contenga aquello que lo hace alérgeno, realmente
más próximo en su concepto al de un medicamento.” explica en sus fundamentos
este proyecto.
Cabe destacar que actualmente a diferencia de las leches
maternizadas ya contempladas por las obras sociales sin límite de edad, las
leches medicamentosas solo son cubiertas hasta el año de vida del niño por las
obras sociales.
Fuente: Mirada Profesional Farmacéutica
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