Fecha: 04 de Junio de 2014
Tribunal: Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nro 13. Ciudad de Buenos Aires
Síntesis:
Ordena a la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires
mantener la afiliación y continuar brindándole los servicios con los que
contaban en su etapa activa a una docente jubilada y su esposo, quien padece
una grave enfermedad y se encontraba en tratamiento al momento de obtener el
beneficio jubilatorio. Considera que la exigencia de contar con quince años de
aportes a la obra social al momento de jubilarse para poder permanecer en ella,
resulta contraria a los principios rectores en materia previsional y a las
disposiciones constitucionales.
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