Ley 3.418 - Problemática y Prevención de la Diabetes. Adhesión
provincial a la ley nacional 26.914
Boletín oficial, 3 de Febrero de 2015
Síntesis: Problemática y Prevención de la Diabetes. Adhesión
provincial a la ley nacional 26.914. Plazo para su reglamentación. Suscribir
con el Ministerio de Salud los convenios respectivos, con el fin de su
implementación.
Texto de la norma
LEY 3418
Fecha de sanción: Río Gallegos, 11 de diciembre de 2014.
Fecha de promulgación: Río Gallegos, 12 de enero de 2015.
Fecha de publicación: B.O. 03/02/2015.
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de:
Ley
ADHESION LEY 26.914 - PROBLEMATICA Y PREVENCION DE LA
DIABETES
Artículo 1.- ADHIERASE la provincia de Santa Cruz en todos
sus términos a la Ley Nacional 26.914, modificatoria de la Ley 23.753, adherida
por Ley 3230 referida a la Problemática y Prevención de la Diabetes.
Artículo 2.- El Poder Ejecutivo Provincial deberá
reglamentar la presente ley en un plazo de ciento veinte (120) días, contados a partir de la fecha
de su sanción, debiendo suscribir con el Ministerio de Salud de la Nación los convenios
respectivos con el fin de consensuar los mecanismos de implementación de la presente ley.
Artículo 3.- COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése
al Boletín Oficial y cumplido.
ARCHIVESE.-
DADA EN SALA DE SESIONES: RIO GALLEGOS;
11 de Diciembre de 2014.-
Jorge Mario ARABEL
Vicepresidente 1º
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
Pablo Enrique NOGUERA
Secretario General
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
DECRETO Nº 0009
RIO GALLEGOS, 12 de Enero de 2015.-
V I S T O :
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 11 de diciembre de 2014; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la citada Ley la Provincia de Santa Cruz se
ADHIERE a la Ley Nacional Nº 26.914 - Problemática y Prevención de la Diabetes; Que de
acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución
Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello y atento a Nota SLyT-GOB-Nº 1550/14, emitida por la
Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- PROMULGASE bajo el Nº 3418 la Ley sancionada
por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 11 de diciembre de
2014, mediante la cual la Provincia de Santa Cruz se ADHIERE a la Ley Nacional Nº
26.914 - Problemática y Prevención de la Diabetes.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el
señor Ministro Secretario en el Departamento de Salud.-
Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al
Boletín Oficial y, cumplido,
ARCHIVESE.-
Sr. PERALTA – Dr. Roberto Alejandro Ortiz
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