Ley 5160 - Se instituye la primera semana de diciembre de
cada año como la Semana de la Discapacidad
Buenos Aires, 20 de noviembre de 2014
Publicación en B.O.: 09/01/2015
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Institúyese la primera semana de diciembre de
cada año como la Semana de la Discapacidad.-
Art. 2°.- Actividades: En el marco de la presente Ley, el
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de sus dependencias,
así como los demás Poderes del Estado de la Ciudad, propiciarán acciones
tendientes a la prevención y atención de las enfermedades discapacitantes y a
informar y sensibilizar a la sociedad, respecto al derecho de inclusión e
igualdad de oportunidades que tienen las personas con discapacidad.-
Art. 3°.- Difusión: El Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, difundirá, a través de todos los medios a su alcance todas las
acciones que se lleven adelante durante "la Semana de la
Discapacidad".
Art. 4°.- Comuníquese.
Fdo.: Ritondo - Pérez
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