
- Promover el desarrollo laboral de las personas con discapacidad mejorando el acceso al empleo y posibilitar la obtención, conservación y progreso en un empleo protegido y/o regular en el ámbito público y/o privado. Para ello se deberá promover la superación de las aptitudes, las competencias y actitudes de las personas con discapacidad, de acuerdo a los requerimientos de los mercados laborales locales.
- Impulsar el fortalecimiento técnico y económico de los Organismos Responsables para la generación de condiciones protegidas de empleo y producción que incluyan a las personas con discapacidad.
LEY Nº 4886
Fecha de sanción: Viedma; 16/08/2013.
Fecha de publicación: B.O. 09/09/2013.
La Legislatura de la Provincia de Río Negro
Sanciona con Fuerza de
LEY:
Artículo 1º - Adhiere en todos sus términos a la Ley
Nacional Nº 26816, que crea el Régimen Federal de Empleo Protegido para
Personas con Discapacidad.
Art. 2º - Es autoridad de aplicación, la Secretaría de
Trabajo de la Provincia
de Río Negro.
Art. 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Carlos Gustavo Peralta
Presidente Legislatura.
Dr. Rodolfo R. Cufré,
Secretario Legislativo.
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