Fecha de sanción: Neuquén; 03/07/2013
Fecha de publicación: B.O. 16/08/2013
POR CUANTO:
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE NEUQUÉN SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º: Adhiérese a la Ley nacional 26835, mediante la
cual se dispone la capacitación en técnicas de Reanimación Cardio-Pulmonar
(RCP) básicas para prevenir el acontecimiento de muertes evitables en el ámbito
extrahospitalario a los estudiantes del nivel medio y del nivel superior.
Artículo 2º: La capacitación en técnicas de Reanimación
Cardio-Pulmonar (RCP) será obligatoria para el personal docente de todos los
Niveles del sistema educativo provincial.
Artículo 3º: El Ministerio de Gobierno, Educación y Justicia
de la Provincia es la autoridad de aplicación de la presente Ley, en
coordinación con el Ministerio de Salud provincial.
Artículo 4º: Autorízase al Poder Ejecutivo provincial a
adecuar las partidas presupuestarias que sean necesarias para el cumplimiento
de la presente Ley.
Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Fdo. Graciela María Muñiz Saavedra
Vicepresidenta 1º a/c Presidencia
H. Legislatura del Neuquén
Lic. María Inés Zingoni
Secretaria
H. Legislatura del Neuquén
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