viernes, 23 de agosto de 2013

Ley 855: San Luis incorpora al calendario oficial las vacunas contra el rotavirus y la varicela

Ley 855 - Poder Legislativo Provincial de San Luis

Título: Salud. Calendario de vacunación oficial. Vacunas contra el Rotavirus y la Varicela. Incorporación.

Fecha B.O.: 14-ago-2013

TÍTULO I

GENERALIDADES

Artículo 1.- INCORPORAR al calendario de vacunación oficial de la provincia de San Luis, las vacunas contra el Rotavirus y la Varicela, siendo éstas de carácter obligatorio.- 

Artículo 2.- La aplicación de ambas vacunas será gratuita en los centros de salud públicos y privados habilitados para tal fin.- 

Artículo 3.- Se establece como esquema de aplicación el siguiente:


- DOS (2) dosis de vacuna contra el Rotavirus, aplicables: primera al segundo mes de edad y segunda al cuarto mes de edad:

- UNA (1) dosis de vacuna contra la Varicela, aplicable a los QUINCE (15) meses de edad.- 

TÍTULO II

AUTORIDAD DE APLICACIÓN

Artículo 4.- Será Autoridad de Aplicación de la presente Ley el Ministerio de Salud de la provincia de San Luis, a través de la Jefatura de Coordinación de Promoción y Políticas Sanitarias y/o el organismo que en el futuro lo reemplace.- 

TÍTULO III

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 5.- La presente Ley, tendrá vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial y Judicial de la provincia de San Luis.- 

Artículo 6.- La presente Ley será Reglamentada por el Poder Ejecutivo dentro de los NOVENTA (90) días a partir de su publicación.- 


Artículo 7.- Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.-

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