Título: Salud. Calendario de vacunación oficial. Vacunas
contra el Rotavirus y la Varicela. Incorporación.
Fecha B.O.: 14-ago-2013
TÍTULO I
GENERALIDADES
Artículo 1.- INCORPORAR al calendario de vacunación oficial
de la provincia de San Luis, las vacunas contra el Rotavirus y la Varicela,
siendo éstas de carácter obligatorio.-
Artículo 2.- La aplicación de ambas vacunas será gratuita en
los centros de salud públicos y privados habilitados para tal fin.-
Artículo 3.- Se establece como esquema de aplicación el
siguiente:
- DOS (2) dosis de vacuna contra el Rotavirus, aplicables:
primera al segundo mes de edad y segunda al cuarto mes de edad:
- UNA (1) dosis de vacuna contra la Varicela, aplicable a
los QUINCE (15) meses de edad.-
TÍTULO II
AUTORIDAD DE APLICACIÓN
Artículo 4.- Será Autoridad de Aplicación de la presente Ley
el Ministerio de Salud de la provincia de San Luis, a través de la Jefatura de
Coordinación de Promoción y Políticas Sanitarias y/o el organismo que en el
futuro lo reemplace.-
TÍTULO III
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 5.- La presente Ley, tendrá vigencia a partir de su
publicación en el Boletín Oficial y Judicial de la provincia de San Luis.-
Artículo 6.- La presente Ley será Reglamentada por el Poder
Ejecutivo dentro de los NOVENTA (90) días a partir de su publicación.-
Artículo 7.- Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo y
archívese.-
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