
Título: Salud Pública. 'Normas Administrativas y Técnicas'. 'Criterios de Selección de Donantes de Sangre'. Aprobación.
Voces: SALUD - SISTEMA NACIONAL DE SANGRE
Boletín Oficial: 11-jul-2013
VISTO el Expediente Nº 1-2002-14.899/12-1, del Registro del
MINISTERIO DE SALUD, la Ley Nº 22.990, su Decreto Reglamentario Nº 1338/04, las
Resoluciones Nº 70 de fecha 28 de febrero de 2002 y Nº 865 de fecha 13 de junio
de 2006 del MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 3° de la Ley citada en el Visto establece en
sus principios fundamentales que este Ministerio en su carácter de Autoridad de
Aplicación y las Autoridades Jurisdiccionales, adoptaran las medidas que
garanticen a los habitantes el acceso a la sangre humana, componentes y
derivados en forma, calidad y cantidad suficiente.
Que el Decreto Nº 1338/04 faculta al MINISTERIO DE SALUD en
su carácter de Autoridad de Aplicación a dictar las normas complementarias,
aclaratorias, administrativas y técnicas que resulten necesarias.
Que, la Resolución Nº 70/02 del MINISTERIO DE SALUD ha
establecido como Organismo Rector General del SISTEMA NACIONAL DE SANGRE a la
SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION, con las responsabilidades
y funciones establecidas en la Ley Nº 22.990.
Que el Decreto Nº 1338/04 en su artículo 19, establece que
el Organismo Rector General cumplirá las funciones establecidas en el artículo
21 de la Ley Nº 22.990 a través del Plan Nacional de Sangre.
Que el citado artículo 21° en su inciso 1) establece que la
Autoridad de Aplicación, a través del Ente Rector General fijará las Normas
Técnicas y Administrativas que reglamenten la habilitación, funcionamiento,
control, inspección y supervisión de los Servicios de Hemoterapia, Bancos de
Sangre y demás establecimientos comprendidos en este cuerpo legal.
Que, por la Resolución del MINISTERIO DE SALUD Nº 865/06 se
establecieron las Normas Técnicas y Administrativas de Hemoterapia vigentes;
que asimismo los avances del progreso científico hacen necesario contar con
actualizaciones periódicas de las normas de la especialidad.
Que para tal fin se convocó a la Comisión constituida por el
artículo 3° del Decreto 1338/04, que tuvo a su cargo la revisión y actualización
de las Normas Administrativas y Técnicas de Hemoterapia, así
como también la consideración de los Criterios para la Selección de Donantes de
Sangre propuestos por el Plan Nacional de Sangre.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado
intervención de su competencia.
Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por
la "Ley de Ministerios t.o.1992" modificada por Ley Nº 26.338.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
ARTICULO 1° - Apruébanse las "NORMAS ADMINISTRATIVAS Y
TECNICAS" y los "CRITERIOS DE SELECCION DE DONANTES DE SANGRE",
que como ANEXO I y ANEXO II forman parte integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 2° - Agradézcase el esfuerzo, dedicación y
contribución de todos los integrantes de la Comisión de actualización de las
Normas de Hemoterapia, participantes.
ARTICULO 3° - Derógase la Resolución Nº 865 del 13 de Junio
de 2006 del Ministerio de Salud.
ARTICULO 4° - Regístrese, comuníquese a quienes corresponda,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-
Dr. Juan L. Manzur, Ministro de Salud.
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