
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) mostró
su “preocupación” por las protestas de huelga de hambre llevada adelante por
detenidos en cárceles del estado de California, en Estados Unidos, como
protesta por el “uso excesivo del aislamiento solitario”.
Desde el organismo internacional se instó a las autoridades
federales y estatales a “adoptar las medidas pertinentes que permitan
solucionar esta situación, y a emplear la medida del aislamiento solitario de
reclusos de acuerdo con los estándares del derecho internacional de los
derechos humanos”.
Desde el 8 de julio de este año “arios miles de personas
privadas de libertad iniciaron una huelga de hambre en 33 prisiones estatales y
cuatro prisiones privadas del Estado de California. Según la información
disponible, explican desde la CIDH, “miles de personas privadas de libertad en
Estados Unidos permanecen años en aislamiento solitario, en regímenes de
encierro de 22 a 23 horas diarias”.
En muchos casos, “las celdas en las que son aislados los
reclusos carecen las condiciones mínimas de ventilación y entrada de luz
natural, y las áreas destinadas al ejercicio físico de los reclusos son
espacios cerrados y reducidos, en los que no siempre tienen contacto con otros
reclusos”, continua el comunicado difundido por la CIDH.
En Estados Unidos, la Comisión Interamericana ha recibido
información que indica que “aproximadamente 80.000 reclusos son mantenidos
actualmente bajo distintas denominaciones de este régimen”. Asimismo, “la
información recibida indica que el 30% de las personas mantenidas en
aislamiento solitario en Estados Unidos tiene discapacidades mentales, y que
niños y niñas menores de 18 años serían rutinariamente sometidas a aislamiento
solitario”.
“La reclusión de personas en régimen de aislamiento sólo
debe aplicarse en casos excepcionales, por el periodo de tiempo más breve
posible y sólo como medida de último recurso”, destaca la Comisión y “su
aplicación debe estar sujeta a estricto control judicial, llevarse a cabo en
celdas que reúnan condiciones mínimas de acuerdo con los estándares
internacionales, y bajo estricta supervisión médica”.
Desde el organismo internacional recordaron que “en función
de la inderogabilidad y universalidad de la prohibición de la tortura y los
tratos crueles, inhumanos y degradantes, los Estados miembros de la OEA deben
adoptar medidas decididas y concretas para erradicar el uso del aislamiento
solitario prolongado o indefinido en todas circunstancias”.
Fuente: Diario Judicial
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Los comentarios con contenido inapropiado no serán publicados. Si lo que Usted quiere es realizar una consulta, le pedimos por favor lo haga a través del link de Contacto que aparece en este blog. Muchas gracias